7.14.7.1 La admisión de paquetes EPG
En España solo se admiten paquetes EPG de devolución de envíos de importación relacionados con el correo e-commerce entre determinados Operadores postales del grupo "EPG".
No se admiten devoluciones e-commerce EPG desde Canarias, Ceuta y Melilla. Podría ocurrir que un cliente comprara el artículo en la Península y por el motivo que fuera quisiera devolverlo desde alguna de las oficinas situadas en Canarias, Ceuta o Melilla. El sistema no debe permitirlo y en estos casos mostrara un mensaje indicando "Las devoluciones de Paquetes E-commerce no se pueden realizar desde las Oficinas Nacionales de Canarias, Ceuta o Melilla".
Los Paquetes de devoluciones e-commerce EPG empiezan su código por las letras "CZ", continúan con 9 dígitos y terminan en "ES".
En la operativa de admisión se ha de tener en cuenta que el envío es un paquete internacional estándar con las siguientes características:
Una vez el empleado ha leído el código de barras, si todo es correcto, el sistema volcara la información preavisada de dicho Paquete.
Se ha de tener en cuenta que el peso (peso neto) y el peso volumétrico vienen informados en el fichero enviado (preaviso notificado por EPG). El usuario de IRIS puede modificar los campos pesos e indicar los reales en el momento de la admisión del paquete. El peso que tiene que indicar el usuario de IRIS será el peso bruto del paquete, por el que va a cobrar Correos.
Solo hay que validar en su parte inferior el documento que aporta el cliente, no debiéndose validar ni cumplimentar ningún otro impreso. Esta validación es para entregar al cliente. La Oficina no se queda con copia del impreso validado.
Otras características propias de la admisión de este paquete que debemos tener en cuenta son: